La Ley 16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, promulgada en el año 1968, establece, en forma y condiciones, el seguro social obligatorio contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción, administra el Seguro Obligatorio de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y para esto cuenta con programas integrales de prevención de riegos que permiten proteger la integridad física y salud de los trabajadores de sus empresas adherentes, mejorando su calidad de vida y la de entorno familiar. La Mutual dispone de una Red Privada de Centros de Salud, que cubre todo el territorio nacional, donde proporciona una atención integral que comprende todos los recursos necesarios para el rescate y atención médica, hasta la recuperación del paciente, incluyendo cirugía, hospitalización, medicamentos y rehabilitación, si el caso lo amerita. Todo lo anterior no tiene limitaciones ni costo para el trabajador o su empleador.
Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción, administra el Seguro Obligatorio de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y para esto cuenta con programas integrales de prevención de riegos que permiten proteger la integridad física y salud de los trabajadores de sus empresas adherentes, mejorando su calidad de vida y la de entorno familiar.
Es toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte.
Es la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.
Informar de inmediato por cualquier medio a su jefe directo quién coordinará su traslado o rescate. Colaborar en la investigación a fin de determinar las causas. Seguir las instrucciones del especialista y jefe directo.
Son los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar del trabajo, y aquellos que ocurran en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, aunque correspondan a distintos empleadores.
Programa por exposición a Agentes Neumoconiógenos
Sílice, Asbesto.
Radiografía de tórax
Programa de Conservación Auditiva
Ruido
Audiometría
Programa por exposición a Agentes Productores de Asma
Polvo Madera, Harina, entre otros.
Encuesta de síntomas respiratorios
Programa por exposición a Solventes
Tolueno, Xileno, otros.
Metabolito específico en orina
Programa por exposición a Metales
Plomo, arsénico, entre otros.
Nivel del metal en sangre u orina.
Programa por exposición a Óxido de Etileno
Óxido de Etileno
Hemograma completo
Programa por exposición a Radiaciones Ionizantes
Rayos X, Rayos Gamma.
Lectura dosimétrica
Programa por exposición a Plaguicidas
Órganos fosforados, Carbamatos, Cumarinicos
Actividad de Acetilcolinesterasa o protrombina.
Programa por exposición a Citostáticos
Quimioterápicos
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Mutual de Seguridad C.Ch.C., pone a disposición de las empresas adherentes, este servicio que consiste en una sala de clases totalmente equipada, habilitada en un bus de tipo mediano, con una capacidad para 18 personas. El aula móvil fue diseñada especialmente para satisfacer las necesidades de Capacitación en Prevención de Riesgos, en aquellas empresas que no cuentan con instalaciones adecuadas o por que se encuentran muy alejadas de los Centros de Capacitación de Mutual.
Solicitud de Unidad Móvil
Agenda de Capacitación 2015
Al finalizar el curso los alumnos serán capaces de:
Módulo 1: ¿Cómo Prevenir Riesgos en Mi Oficina?
Módulo 2: ¿Cómo Prevenir Riesgos en Terreno?
Módulo 3: ¿Cómo Actuar si me Ocurre un Accidente?
Módulo 0: Introducción.
Módulo 1: Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
Módulo 2: Manejo de Residuos Peligrosos.
Manipuladores de alimentos, chefs, cocineros, jefes de cocina de restaurantes, hoteles, casinos y otros establecimientos del rubro.
Identificar y aplicar las acciones de prevención de riesgos asociadas al rubro gastronómico, con el fin de resguardar la seguridad de los alimentos y de los manipuladores de éstos.
20 preguntas, 10 visibles, 80% de aprobación, 3 intentos.
Módulo 1: Seguridad de los Alimentos 1: Introducción. 2: Higiene y Seguridad de los Alimentos. 3: Cuidados en los Procesos de los Alimentos. 4: Actividad Práctica.
Módulo 2: Seguridad del Manipulador de Alimentos 1: Manipulación de Implementos de Cocina. 2: Prevención de Riesgos Eléctricos y Químicos. 3: Prevención de Riegos por mala Postura o Sobreesfuerzos. 4: Actividad Práctica.
Mucamas de hoteles, hosterías, hostales, etc.
Identificar y aplicar las acciones de prevención de riesgos asociadas a las labores de mucama, con el fin de resguardar su salud y seguridad.
20 preguntas, 15 visibles, 80% de aprobación, 3 intentos.
Módulo 1: Mis labores y sus riesgos asociados 1: Introducción. 2: Labores Frecuentes. 3: Ejercicio de Reforzamiento
Módulo 2: Medidas de Prevención 1: Ergonomía. 2: Prevención de Riesgos. 3: Recomendaciones Generales. 4: Ejercicio de Reforzamiento.
Profesionales de SSOMA, Ejecutivos, otros profesionales, CPHS y/o Monitores de Seguridad responsables de implementar la guía técnica de evaluación y control de riesgo asociado al manejo manual de carga.
Módulo 1: Características generales
En noviembre de 2012, el Ministerio de Salud modificó el Decreto N°594, de 1999, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, en lo relativo a la “Hipobaria Intermitente Crónica por Gran Altitud” (HIC), a través del Decreto 28. El objetivo de la norma es velar por el cuidado de la salud de todos los trabajadores, independiente de su actividad laboral o rubro productivo, que trabajen a más de 3.000 metros sobre el nivel del mar (msnm).Asimismo, en noviembre de 2013, se complementó esta norma con la publicación de la guía técnica que norma las acciones que deberá ser aplicada a todos los trabajadores expuestos, independientemente de la actividad laboral o rubro productivo en que se desempeñen.
La Hipobaria es la disminución de la presión barométrica respecto del nivel del mar y su exposición en forma intermitente crónica puede producir algún tipo de enfermedades reversibles a corto y/o a largo plazo, principalmente neurológicas y cardiopulmonares, tales como: mal agudo de montaña en sus diferentes variedades, policitemia, hipertensión pulmonar o trastornos del sueño.
Bajo el mismo concepto el decreto hace algunas definiciones tales como:
Las Mutualidades deberán notificar a la Autoridad Sanitaria Regional y al Departamento de Salud Ocupacional de la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción del Ministerio de Salud, sobre los casos de enfermedad y accidentes relacionados al trabajo en gran altitud.
Para los trabajos sobre los 5.500 msnm se deberá contar con autorización expresa y fundada de las Unidades de Salud Ocupacional de la SEREMI de Salud.
Los FACTORES PSICOSOCIALES en el ámbito ocupacional, como lo establece la OMS y MINSAL.
“hacen referencia a situaciones y condiciones inherentes al trabajo, relacionadas al tipo de organización, al contenido del trabajo y la ejecución de la tarea, y que tienen la capacidad de afectar, en forma positiva o negativa, el bienestar y la salud (física, psíquica o social) del trabajador y sus condiciones de trabajo” (MINSAL, 2013)
En el caso de que éstas afecten negativamente al trabajador, estaremos hablando de RIESGOS PSICOSOCIALES.
Con fecha 12 de Junio de 2013, mediante Resolución Exenta N° 336, el Ministerio de Salud aprueba el protocolo de vigilancia de riesgos psicosociales en el trabajo, con el objetivo de supervigilar y fiscalizar las condiciones sanitarias y ambientales básicas de los lugares de trabajo, con el fin de proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan.
Posteriormente, con fecha 17 de Julio de 2013, según N° B33/2307, se determina que la fiscalización se realizará inicialmente en tres de las actividades económicas que la evidencia ha demostrado tienen mayor grado de exposición a este tipo de riesgos, las cuales son: a) Transporte; b) Comercio (retail), y; c) Intermediación Financiera.
El periodo de fiscalización comenzó el 1° de septiembre del 2013 en estos tres rubros, para terminar el 1° de septiembre del 2015, donde se incorporarán los rubros restantes.
Dentro de la “Clasificación de las Actividades Económicas de Chile” CIIU de SII, los códigos correspondientes a las tres actividades fiscalizables son los siguientes:
Para la aplicación, tabulación y análisis de los resultados de la encuesta SUSESO ISTAS 21, mutual C.Ch.C. cuenta con una plataforma en línea para cada uno de sus afiliados, que agiliza este proceso, permitiéndoles tener estadísticas actuales, seguimiento al proceso, resultados y recomendaciones al instante. Para tener acceso, deben solicitar la habilitación al siguiente correo: psicologiasso@mutual.cl